La Bicicleta!
Es un excelente deporte y un muy buen medio de transporte.
Conozcamos nuestros derechos y obligaciones para circular en bici:
La Ley Nacional de Tránsito 24.449 establece una edad mínima, 12 años, para conducir bicicletas en los lugares de la vía pública donde está permitido hacerlo. Y hasta los 18 deberás hacerlo acompañado de un mayor.
La mayoría se sube y a pedalear pensando que las obligaciones son para el resto de los vehículos. Quien ande en bicicleta debe respetar todas las señales de tránsito y las normas legales, como si fuera un conductor de auto (artículo 36 de la Ley 24.449). Por ejemplo, frenar ante los semáforos en rojo y ceder el paso a peatones en esquinas y cruces peatonales, y en las encrucijadas a quien circule por su derecha, es también norma para las bicicletas.
De igual manera, el artículo 40 bis de la misma ley (modificación a la Ley Nacional de Tránsito introducida por el artículo 7 de la Ley 25.965) establece que, para poder circular, la bicicleta debe estar en condiciones:
Ley de tránsito Nacional
Artículo 40 bis.
Requisitos para circular con bicicletas:
Para poder circular con bicicleta es indispensable que el vehículo tenga:
a) Un sistema de rodamiento, dirección y freno permanente y eficaz;
b) Espejos retrovisores en ambos lados;
c) Timbre, bocina o similar;
d) Que el conductor lleve puesto un casco protector, no use ropa suelta, y que ésta sea preferentemente de colores claros, y utilice calzado que se afirme con seguridad a los pedales;
e) Que el conductor sea su único ocupante con la excepción del transporte de una carga, o de un niño, ubicados en un portaequipaje o asiento especial cuyos pesos no pongan en riesgo la maniobrabilidad y estabilidad del vehículo;
f) Guardabarros sobre ambas ruedas;
g) Luces y señalización reflectiva.
Si querés usar tu bicicleta para llevar algún tipo de carga, podés hacerlo, siempre y cuando tengas un portaequipaje adecuado y tu carga esté bien asegurada y su peso no ponga en riesgo la maniobrabilidad y estabilidad de tu bici. Además, el tamaño de tu carga no puede exceder la longitud del manubrio.
También podés llevar a un niño, en asiento especial, y respetando los mismos parámetros de la carga. Siempre que conduzcas en calzadas compartidas con otros vehículos automotores, es obligatorio que lleves tu DNI.
Fuentes: